Micelio
Auto1 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Sierra Marin Alexandra Y Otros·Demandado Enel Colombia Sa Esp Y Otros

Tema · dato duro
Medio De Control De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho Contra Oficios Que Negaron La Inclusión De Los Demandantes En El Censo De Población Afectada En El Marco Del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conflictos sobre responsabilidad administrativa del Estado por perjuicios causados por entidades públicas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva y el Juzgado 001 Civil del Circuito de Garzón (Huila), suscitado por demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, instaurada por una ciudadana, en contra de diversos oficios expedidos por la empresa EMGESA S.A.

E.S.P., (hoy ENEL COLOMBIA S.A.

E.S.P.), por cuanto considera que en estos actos se negó la inclusión de los demandantes en el censo de población afectada en el marco del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo (PHEQ).

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata que los actos objeto de reproche fueron expedidos por una empresa de servicios públicos mixta, cuyo principal accionista, para la fecha de expedición de los mismos era, a su vez, una empresa de servicios públicos mixta.

Conforme el artículo 33 de la Ley 142/94, quienes prestan servicios públicos, independientemente de su composición accionaria, ejercen prerrogativas propias de la administración pública, tales como la ocupación del espacio público, la constitución de servidumbres y la enajenación forzosa de bienes.

En virtud de estas facultades excepcionales, dichas entidades se encuentran sometidas al control de la jurisdicción contencioso administrativo.

Se reitera la regla de decisión del Auto 775 de 2021 que asigna la competencia a esta jurisdicción para conocer de los procesos en que se demande la compensación por daños presuntamente ocasionados por una empresa de servicios públicos mixta, cuyo principal accionista es a la vez una empresa de servicios públicos mixta, como en este caso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva y el Juzgado 001 Civil del Circuito de Garzón (Huila), en el sentido de DECLARAR que, el Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por la señora Alexandra Sierra Marín y otros, contra EMGESA S.A. E.S.P.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7092 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito Judicial de Neiva para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 001 Civil del Circuito de Garzón (Huila).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.